Tuesday, October 09, 2012

El Papa acepta de inmediato la renuncia del obispo de Iquique



Marco Antonio Órdenes está siendo investigado por abusos sexuales


Pablo Lizama Riquelme, arzobispo 

de Antofagasta nombrado 

admnistrador apostólico


Cese fulminante. O, en lenguaje eclesiástico, "aceptación de la renuncia" inmediata. Benedicto XVI ha nombrado hoy nuevo obispo de Iquique (Chile), tras la renuncia presentada por Marco Antonio Órdenes, que está siendo investigado por abusos sexuales.
La Conferencia Episcopal de Chile informó este martes que el Papa Benedicto XVI aceptó la renuncia al gobierno pastoral de la diócesis de Iquique, presentada por el monseñor de esa ciudad Marco Antonio Órdenes Fernández, quien afronta una investigación eclesiástica en su contra por abusos sexuales.
La Nunciatura Apostólica comunicó además que, a partir de la misma fecha, monseñorPablo Lizama Riquelme, arzobispo de Antofagasta, fue nombrado Administrador Apostólico "sede vacante" de la diócesis de Iquique, con facultades de Obispo diocesano.
Anoche, Órdenes ofreció una conferencia de prensa en la que explicó "no sin dolor", su determinación de dimitir. "Tomé la decisión de renunciar al obispado de Iquique, de manera que esto, que me afecta de manera, no perjudique al resto de la comunidad".
También dijo que espera "el juicio de Dios", ante el cual dijo sentirse "tranquilo y en paz". Añadió que ante el "juicio del mundo" "no resulta fácil defenderse".
El renunciado prelado está siendo investigado por la denuncia de Rodrigo Pino, quien acusó a Órdenes de abusos que se registraron a partir de 1997, cuando él tenía 15 años. También reveló que el religioso le entregó dinero en el período en el que ambos mantuvieron relaciones íntimas.
(Rd/Agencias)

Algunas notas complementarias

Acerca de la causal de la renuncia mencionada en el comunicado

Lo que señala el canon 401 § 2 del Código de Derecho Canónico: “Se ruega encarecidamente al Obispo diocesano que presente la renuncia de su oficio si por enfermedad u otra causa grave quedase disminuida su capacidad para desempeñarlo”.


La Sede Vacante de la diócesis

“Queda vacante una sede episcopal por fallecimiento del Obispo, renuncia aceptada por el Romano Pontífice, traslado y privación intimada al Obispo” (Código de Derecho Canónico canon 416).

En caso de renuncia, la sede queda vacante desde el momento de la publicación de la aceptación de la misma por parte del Romano Pontífice (Código Derecho Canónico canon 417, Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos “Apostolorum successores” n.º 232).


Administrador apostólico sede vacante

“La Santa Sede puede proveer al gobierno de la diócesis nombrando un Administrador Apostólico. Aunque le sean concedidas todas las facultades del Obispo diocesano, el régimen de la diócesis es el correspondiente a la sede vacante; por lo tanto, cesan los oficios del Vicario General y de los Vicarios episcopales, así como las funciones del Colegio presbiteral y pastoral. El Administrador Apostólico puede sin embargo confirmar, en forma delegada, al Vicario General y los Vicarios episcopales, hasta la toma de posesión de la diócesis por parte del nuevo Obispo; pero no puede prorrogar las tareas de los Consejos, en cuanto sus funciones las cumple el Colegio de consultores” (Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos 
“Apostolorum successores” n.º 232).

Biografía de Mons. Pablo Lizama Riquelme

Fuente: Nunciatura Apostólica - Prensa CECh

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