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Saturday, May 07, 2011
A propósito de la sentencia de Resurrección Galera
A propósito de mi post anterior, en el que apuntaba algunas de las claves de futuro que la sentencia del Tribunal Constitucional declarando nulo el despido (es lo que dice la sentencia, no yo) de Resurrección Galera, que ha sido asumida por el Tribunal de lo Social de Almería, se han escrito en el post algunos comentarios que no responden a la realidad. Trataré de dejar claro, en uno o dos párrafos, cuál es la realidad de la situación legal de los profesores de Religión en España, y la relación contractual con la Iglesia o la Administración Educativa.
1.- Quien paga a los profesores no es la Iglesia, es la Administración. Desde hace varios quinquenios. Quien indemniza, pues, es Educación, no el Obispado correspondiente.
2.- La Administración tiene atadas las manos, pues de ella no depende ni la elección del docente ni su habilitación, y tampoco la decisión sobre su renovación o no (o sobre su despido, como afirma la sentencia). Los Acuerdos Iglesia-Estado y sus desarrollos son bien claros al afimar que será el ordinario del lugar quien, para cada curso escolar, decida los candidatos idóneos. Aunque en multitud de ocasiones, como la que nos ocupa, se produzcan disfunciones para las que hay que buscar solución.
3.- Si se produce algún conflicto, y el docente, en el ejercicio de su derecho, va a los tribunales, y se da un fallo a su favor, quien asume las consecuencias legales del mismo no es la Iglesia, sino la Administración educativa.
4.- Esta es una situación insostenible, que conduce a sentencias inaplicables y a falsos culpables, como la sentencia acerca de Resurrección Galera demuestra fehacientemente.
5.- Por ello, la propuesta que ayer hacía desde estas letras sigue siendo la misma: O se cambian los Acuerdos Iglesia-Estado, o la Iglesia asume su condición de empleadora, o se saca la Religión de la escuela. Abogo, como quedó claro ayer, por una reforma de los Acuerdos, de modo que la misma institución que vela por la idoneidad de los profesores de Religión, pone el currículo de la materia y decide si renueva o no a los mismos, sea la que los pague. Y, sobre todo, la que los indemnice si los tribunales, en caso de conflicto -como está sucediendo en multitud de casos, desde hace 15 años, por toda España-, fallan a su favor. Si la Iglesia es quien "despide" (lo dicen los tribunales, no yo), que sea ella la que indemnice.
Jesús Bastante
RD
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