La Iglesia celebra una reforma del Senado que reconoce la centralidad de la persona y el pleno ejercicio de la libertad religiosa
(Pablo Romo Cedano. México DF) La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) ha celebrado las recientes reformas constitucionales aprobadas por el Senado de la República en materia de Derechos Humanos, que modifican hasta once artículos de la Carta Magna y significan un avance sustantivo en la justicia del país, pues elevan a rango constitucional los Derechos Humanos reconocidos en los tratados internacionales y ratificados por México. Los obispos se congratulan, asimismo, de otros cambios, como la aplicación prevalente de la norma más favorable a la persona; la consagración de las obligaciones de las autoridades; o la formulación de los Derechos Humanos en el campo de la educación, el sistema penitenciario y la política exterior.
En un comunicado de prensa –firmado por Carlos Aguiar Retes y Víctor René Rodríguez Gómez, presidente y secretario general de la CEM, respectivamente–, los prelados se felicitan por una medida que “tiene elementos muy positivos e importantes” para la buena marcha del país. No solo porque “tiene sentido humanista”, sino también porque “marca el rumbo al pleno ejercicio de la Libertad Religiosa para todos los mexicanos”.
En este sentido, el padre Manuel Corral, secretario ejecutivo de Relaciones Públicas e Institucionales de la CEM y experto en el tema, declaró a Vida Nueva que, si bien el enunciado que mantiene la reforma en su artículo 24 tiene aún resabios decimonónicos (positivistas), “se ha colocado en la ruta para el respeto en México de este derecho” a la libertad religiosa de acuerdo con la Declaración Universal en su artículo 18.
Cabe recordar que las expresiones constitucionales en México no han evolucionado del mismo modo que en muchas otras partes del mundo, particularmente en Europa, donde el Derecho Internacional ratificado por las naciones se incorpora necesariamente a la normatividad del Estado. México, sin embargo, por más que ha firmado las convenciones internacionales, no las acepta como parte de su corpus legal. De hecho, no ha cumplido con algunas sentencias de la Corte Interamericana, a pesar de haber reconocido su jurisdiccionalidad
La actual reforma establece también la figura del Estado de excepción de una manera más estricta, es decir, que no se podrá dictar salvo en casos muy extremos.
Expulsión de extranjeros
De igual forma, ya no se podrá expulsar a un extranjero por vía administrativa, sino que tendrá derecho a ser escuchado como cualquier detenido. Coincidiendo con los tiempos en el poder del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el autoritarismo priísta, este artículo sirvió para obligar a muchos sacerdotes a abandonar Chiapas en la década pasada y funciona hasta la fecha para devolver a su país a miles de migrantes centroamericanos que intentan cruzar México.
De ahí que los obispos y las organizaciones defensoras de los derechos de los migrantes hayan saludado esta reforma. Precisamente, estos colectivos impulsan ahora un visado especial de “trasmigrantes” para los centroamericanos que solo transitan por territorio mexicano hacia los Estados Unidos, asegurando así su protección y evitando que sean detenidos camino de la frontera norte.
Los cambios introducidos robustecerán a las Comisiones Públicas de Derechos Humanos, brindarán nuevas herramientas de defensa a la sociedad en general ante posibles arbitrariedades y ampliarán el horizonte legal de la justicia en México. Si bien trasladan la facultad de investigación del Poder Judicial a la instancia nacional de Derechos Humanos, perdiendo una potestad importante, el ombudsman (Defensor del Pueblo) nacional la recupera.
Vida Nueva
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