Thursday, March 15, 2012

CUARESMA 2012 CUARENTA DÍAS CON LOS CUARENTA ÚLTIMOS: Hoy TOGO

TOGO
Población: 6.459.000
Capital: Lomé
IDH:0,435 (nº 162)


EL DERECHO A LA LIBERTAD

Derecho de manifestación pacífica


El 6 de agosto de 2011, periodistas de Togo realizaron un mitin en las calles de la capital, para protestar en contra de las amenazas que sus colegas han recibido recientemente. De acuerdo con Ferdinand Ayité, presidente de la Asociación SOS Journalistes en Danger (SOS Periodistas en Peligro), las amenazas se originaron en la ANR, la Agencia Nacional de Inteligencia. En una declaración conjunta, el UJIT (Sindicato de Periodistas Independientes de Togo), la CONAPP (Consejo Nacional de Escritores de Prensa) y de la OTM (Observatorio Togolés de Medios de Comunicación,) han llamado a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a abrir una investigación sobre el asunto y alienta a sus colegas amenazados a ir a la Corte para que se aclare el problema.


El 18 de abril de 2011, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas había publicado un informe sobre Togo en el que (nº 20) “El Comité observa con inquietud las restricciones injustificadas de la libertad de expresión, en especial la censura impuesta a determinados medios de difusión por parte de la Dirección de Medios Audiovisuales y Comunicación, cuya independencia y procedimiento de trabajo se han cuestionado. Preocupan al Comité las restricciones de la libertad de manifestación pacífica y las diferencias entre las restricciones según los actos estén programados en Lomé o en el resto del país. Preocupan asimismo al Comité las amenazas de que son víctimas algunos periodistas y defensores de los derechos humanos . El Estado debería adoptar las medidas necesarias para que la nueva ley sobre la libertad de manifestación sea conforme al Pacto [Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos]. Todo atentado contra la libertad de pensamiento y de expresión de los periodistas y los defensores de los derechos humanos, o contra su integridad, debe investigarse a fondo.”



FIRMADO Y RATIFICADO

Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. Art.19:

Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o cualquier otro procedimiento de su elección.

El Centro para los Derecho Civiles y Políticos (Centro CCPR)


DEL DERECHO AL HECHO

El poder manifestarse pacíficamente para expresar ideas, denunciar injusticias o hacer peticiones a los gobernantes es un derecho reconocido por los países firmantes del Pacto y regulado en sus legislaciones nacionales. Además de un derecho, es un buen medio, no exclusivo, de defensa de los derechos humanos y de denuncia de las injusticias y muchas personas lo ejercen responsablemente. ¿También tú?


ORACIÓN

Señor Jesús, tú nos enseñaste
a no callarnos ante la maldad humana
y a salir en defensa de las víctimas
devolviendo siempre bien por mal.
Danos fuerza para vivir así
y ser de este modo testigos del Reino.


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